Las comisiones ocasionales se conformarán de acuerdo con las necesidades del Gobierno Autónomo Descentralizado de la Parroquia Inés Arango, mediante resolución emitida por la junta parroquial con la finalidad de ejecutar un proyecto, obra o la prestación de un servicio específico.
Conformación
Las comisiones ocasionales estarán conformadas mínimo por tres integrantes (3) designados en la resolución de conformación de la comisión, en donde se designará además quien presidirá tal comisión.
Las comisiones ocasionales deberán necesariamente contar con un delegado de la ciudadanía y además según lo exijan las circunstancias y de ser el caso con servidores(as) del Gobierno Parroquial.
Las comisiones ocasionales sesionarán con la frecuencia que requiera el oportuno cumplimiento de su cometido. De ser el caso, la comisión ocasional podrá contar con más miembros de la junta parroquial de acuerdo con la necesidad y a la materia que se trate.
Atribuciones y responsabilidades:
1. Sesionar al menos una vez al mes hasta el cumplimiento del objetivo por el cual fue creada la comisión;
2. Presentar informes de avance y finalización del proyecto por el cual fue constituida la comisión en las fechas establecidas para el efecto;
3. Comunicar al presidente de la Junta Parroquial sobre problemas, inconvenientes o dificultades que surjan en la ejecución de la obra o proyecto y plantear soluciones; y,
4. Actuar dentro del marco de la Constitución y la Ley.
El GAD Parroquial Inés Arango ante la presencia de desastres ocasionados por la naturaleza o en aquellos provocados por el hombre como es el caso de incendios, deslaves, inundaciones, derrames de sustancias contaminantes, declara que conformará la Comisión de Riesgos y Desastres; la misma que aplicará lo prescrito en la totalidad en el Numeral 3.1.2. de este Reglamento, en el caso que sea necesaria la creación de esta Comisión.